E.S.E. HOSPITAL REGIONAL OCCIDENTE
Sitio web: www.esehospitalregionaloccidente.gov.co
Entidad: E.S.E. Hospital Regional Occidente
NIT: 807.008.843-6
Domicilio: Cáchira, Norte de Santander, Colombia
Última actualización: 29 de agosto de 2026
1. COMPROMISO CON LA ACCESIBILIDAD DIGITAL
La E.S.E. HOSPITAL REGIONAL OCCIDENTE reconoce el acceso a la información, los servicios digitales y los contenidos públicos como un elemento fundamental para garantizar la igualdad, la inclusión, la participación ciudadana y el ejercicio efectivo de los derechos de todas las personas.
Por esta razón, la E.S.E. mantiene el compromiso de diseñar, desarrollar, actualizar y administrar su portal institucional procurando que pueda ser utilizado por el mayor número posible de personas, independientemente de sus capacidades físicas, sensoriales, cognitivas, tecnológicas o de las condiciones desde las cuales accedan a Internet.
Este compromiso incluye especialmente a las personas con discapacidad visual, auditiva, física, cognitiva, intelectual o múltiple, así como a adultos mayores y usuarios que utilicen tecnologías de asistencia.
2. ALCANCE DE ESTA DECLARACIÓN
La presente Declaración de Accesibilidad se aplica al portal institucional:
www.esehospitalregionaloccidente.gov.co
y, en cuanto resulte técnicamente aplicable y se encuentren bajo administración directa de la E.S.E., a:
- Secciones internas del Portal.
- Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
- Páginas de participación ciudadana.
- Formularios de PQRSD.
- Trámites y servicios digitales.
- Noticias y publicaciones institucionales.
- Documentos descargables.
- Contenido audiovisual.
- Micrositios.
- Sistemas de consulta pública integrados al Portal.
- Formularios electrónicos.
- Demás contenidos y servicios digitales institucionales.
Los servicios administrados directamente por terceros podrán encontrarse sujetos adicionalmente a las condiciones de accesibilidad proporcionadas por el respectivo proveedor.
3. MARCO NORMATIVO
La presente Declaración se adopta especialmente de conformidad con:
- La Constitución Política de Colombia.
- La Ley 1618 de 2013, relativa al ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad.
- La Ley 1712 de 2014, Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública.
- El Decreto 1081 de 2015 y las disposiciones que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.
- La Resolución MinTIC 1519 de 2020.
- El Anexo 1 de la Resolución MinTIC 1519 de 2020 sobre Directrices de Accesibilidad Web.
- Las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web — Web Content Accessibility Guidelines, WCAG 2.1 — desarrolladas por el World Wide Web Consortium — W3C.
- Las demás normas colombianas relacionadas con accesibilidad, inclusión, Gobierno Digital, transparencia y atención a personas con discapacidad.
4. ESTÁNDAR DE ACCESIBILIDAD ADOPTADO
La E.S.E. Hospital Regional Occidente adopta como referencia para el desarrollo y mejoramiento de su portal las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web WCAG 2.1, nivel AA, de conformidad con la Resolución MinTIC 1519 de 2020.
La accesibilidad web se aborda a partir de cuatro principios fundamentales:
Perceptible
La información y los componentes de la interfaz deben presentarse de manera que puedan ser percibidos por diferentes usuarios y tecnologías de asistencia.
Operable
Los componentes de navegación y de la interfaz deben poder utilizarse mediante diferentes mecanismos de interacción, incluyendo el teclado cuando resulte aplicable.
Comprensible
La información, navegación, instrucciones y funcionamiento del Portal deben procurar ser claros, predecibles y fáciles de comprender.
Robusto
Los contenidos deben desarrollarse procurando su compatibilidad con diferentes navegadores, dispositivos y tecnologías de asistencia.
5. MEDIDAS DE ACCESIBILIDAD DEL PORTAL
La E.S.E. procura incorporar progresivamente criterios de accesibilidad en la estructura, diseño, contenidos y servicios digitales del Portal.
Entre las medidas implementadas o que forman parte del estándar institucional de accesibilidad se encuentran las siguientes:
Contraste visual
El Portal dispone de mecanismos orientados a facilitar la visualización mediante cambios de contraste.
Ajuste del tamaño del texto
Se proporcionan opciones para aumentar o reducir el tamaño de los textos del Portal.
Estructura semántica de contenidos
Las páginas deben organizarse mediante títulos, subtítulos, listas, regiones y demás estructuras que permitan identificar adecuadamente la jerarquía de la información.
Textos alternativos
Las imágenes que transmitan información relevante deberán incorporar una alternativa textual que permita comprender su finalidad mediante tecnologías de asistencia.
Las imágenes puramente decorativas deberán configurarse de forma que no generen información innecesaria para los lectores de pantalla.
Navegación por teclado
Los elementos interactivos deberán diseñarse para que puedan ser utilizados mediante teclado cuando corresponda, sin exigir exclusivamente el uso de un dispositivo apuntador como el ratón.
Foco visible
Los enlaces, botones, campos de formularios y demás componentes interactivos deberán permitir identificar visualmente el elemento que mantiene el foco durante la navegación con teclado.
Enlaces descriptivos
Los enlaces deberán utilizar textos comprensibles que permitan conocer razonablemente su destino o finalidad.
Se procurará evitar enlaces ambiguos identificados únicamente mediante expresiones como “clic aquí”, cuando estas no aporten suficiente contexto.
Formularios accesibles
Los formularios deberán contar con etiquetas, instrucciones y mensajes de error suficientemente claros para facilitar su utilización mediante tecnologías de asistencia.
Lenguaje claro
La E.S.E. procurará que la información dirigida a la ciudadanía se encuentre redactada en lenguaje claro, comprensible y adecuado al público destinatario.
Identificación del idioma
Las páginas del Portal deberán identificar técnicamente el idioma principal de su contenido para facilitar la interpretación por lectores de pantalla y otras tecnologías.
Uso adecuado del color
La información relevante no deberá transmitirse exclusivamente mediante diferencias de color.
Cuando el color comunique un estado o instrucción, deberá procurarse complementar dicha información mediante texto, iconografía u otro mecanismo comprensible.
Contraste entre texto y fondo
Se procurarán niveles de contraste suficientes entre textos, controles y fondos para favorecer la lectura por personas con baja visión.
Adaptación a diferentes dispositivos
El diseño deberá procurar una correcta visualización y funcionamiento en computadores, tabletas, teléfonos móviles y diferentes tamaños de pantalla.
Ampliación de contenidos
Los contenidos deberán procurar mantenerse funcionales y comprensibles cuando el usuario utilice mecanismos de ampliación o zoom.
6. CONTENIDOS AUDIOVISUALES
Los contenidos audiovisuales institucionales deberán incorporar progresivamente mecanismos que permitan su utilización por personas con discapacidad.
Los videos nuevos sujetos a las disposiciones de accesibilidad deberán contar con subtítulos o Closed Caption, cuando corresponda conforme a la normatividad vigente.
Cuando un contenido relevante se transmita exclusivamente mediante audio deberán evaluarse alternativas textuales equivalentes.
Cuando corresponda por disposición normativa o por las características del contenido, se adoptarán mecanismos adicionales de accesibilidad, incluyendo interpretación en Lengua de Señas Colombiana.
La E.S.E. procurará que la información esencial para acceder a sus servicios no dependa exclusivamente de un formato audiovisual.
7. DOCUMENTOS DESCARGABLES
La accesibilidad no comprende únicamente las páginas HTML del Portal.
Los documentos publicados en formatos como:
- PDF.
- Word.
- Excel.
- PowerPoint.
- Documentos ofimáticos equivalentes.
deberán procurar cumplir también con los criterios de accesibilidad establecidos por la normatividad aplicable.
Entre otros aspectos, se procurará que los documentos cuenten con:
- Estructura lógica mediante títulos y subtítulos.
- Orden de lectura adecuado.
- Texto seleccionable siempre que resulte posible.
- Textos alternativos en imágenes relevantes.
- Tablas correctamente estructuradas.
- Contraste adecuado.
- Lenguaje claro.
- Enlaces descriptivos.
- Propiedades de documento correctamente identificadas.
Se deberá evitar, siempre que resulte posible, publicar como única alternativa documentos compuestos exclusivamente por imágenes escaneadas sin reconocimiento de texto o sin una versión accesible equivalente.
8. IMÁGENES, GRÁFICOS Y DIAGRAMAS
Las fotografías, gráficos, mapas, diagramas, infografías y demás elementos visuales que proporcionen información relevante deberán disponer de mecanismos alternativos que permitan comprender su contenido.
Estos mecanismos podrán incluir:
- Texto alternativo.
- Descripción textual.
- Datos tabulados.
- Explicación complementaria.
- Documento accesible equivalente.
Cuando una infografía contenga información necesaria para ejercer derechos, utilizar un servicio o realizar un trámite, deberá procurarse ofrecer dicha información igualmente en formato textual.
9. ACCESIBILIDAD DE LOS FORMULARIOS
Los formularios digitales del Hospital, particularmente aquellos relacionados con PQRSD, participación ciudadana, solicitudes o servicios institucionales, deberán procurar:
- Identificar adecuadamente cada campo.
- Informar los campos obligatorios.
- Utilizar instrucciones comprensibles.
- Identificar claramente los errores.
- Explicar cómo corregirlos.
- Permitir navegación mediante teclado.
- Mantener un orden lógico de navegación.
- Evitar límites de tiempo innecesarios.
- No depender exclusivamente de elementos visuales para comunicar instrucciones.
Cuando se utilicen mecanismos de seguridad como CAPTCHA, se procurará proporcionar alternativas accesibles cuando técnicamente resulte posible.
10. ACCESIBILIDAD MEDIANTE TECLADO
El Portal deberá procurar que sus principales funciones puedan utilizarse sin necesidad exclusiva de un ratón.
Esto comprende, entre otros elementos:
- Menús.
- Enlaces.
- Botones.
- Formularios.
- Ventanas de diálogo.
- Controles de búsqueda.
- Elementos desplegables.
- Controles de reproducción multimedia.
El orden del foco deberá corresponder razonablemente con el orden visual y lógico de los contenidos.
11. TECNOLOGÍAS DE ASISTENCIA
El Portal deberá procurar su compatibilidad con tecnologías utilizadas por personas con discapacidad, entre ellas:
- Lectores de pantalla.
- Magnificadores.
- Navegación mediante teclado.
- Sistemas de reconocimiento de voz.
- Herramientas de ampliación.
- Configuraciones de alto contraste.
- Tecnologías de apoyo integradas en sistemas operativos y dispositivos móviles.
La utilización de herramientas automáticas de accesibilidad constituye un mecanismo complementario y no sustituye la necesidad de desarrollar contenidos y componentes accesibles desde su origen.
12. CONTENIDO DE TERCEROS
El Portal puede incorporar contenidos suministrados mediante plataformas externas, incluyendo:
- Redes sociales.
- Videos.
- Mapas.
- Documentos incrustados.
- Herramientas externas.
- Servicios especializados.
La E.S.E. procurará seleccionar e integrar dichos contenidos de manera que afecten en la menor medida posible la accesibilidad general del Portal.
No obstante, determinados componentes administrados directamente por terceros pueden presentar limitaciones que se encuentren fuera del control técnico inmediato de la E.S.E.
Cuando se identifique una barrera relevante producida por un servicio externo, se procurará proporcionar una alternativa accesible o gestionar su corrección cuando resulte razonablemente posible.
13. CONTENIDOS ANTERIORES
El Portal contiene documentos y publicaciones generados en diferentes períodos.
Algunos documentos históricos o heredados pueden no cumplir integralmente con las características actuales de accesibilidad.
La E.S.E. desarrollará procesos de mejoramiento progresivo, priorizando especialmente aquellos contenidos que:
- Sean necesarios para ejercer derechos.
- Correspondan a trámites o servicios.
- Contengan información de salud pública.
- Sean consultados frecuentemente.
- Sean requeridos por ciudadanos con discapacidad.
- Tengan relevancia dentro de las obligaciones de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
14. ESTADO DE CONFORMIDAD
La E.S.E. Hospital Regional Occidente tiene como estándar de referencia y objetivo de conformidad las WCAG 2.1 nivel AA, de acuerdo con el Anexo 1 de la Resolución MinTIC 1519 de 2020.
La conformidad técnica integral con dicho nivel deberá determinarse mediante una evaluación de accesibilidad que contemple pruebas automáticas, revisión manual y, cuando resulte posible, validaciones mediante tecnologías de asistencia.
Mientras no se encuentre disponible una evaluación técnica institucional que compruebe integralmente el cumplimiento de todos los criterios aplicables, la presente Declaración no deberá interpretarse como una certificación absoluta de conformidad WCAG 2.1 nivel AA.
La E.S.E. mantiene un proceso de revisión y mejora continua orientado a identificar y corregir barreras de accesibilidad.
15. EVALUACIÓN DE ACCESIBILIDAD
La accesibilidad del Portal deberá ser evaluada periódicamente mediante una combinación de mecanismos.
Podrán utilizarse:
- Herramientas automáticas de evaluación.
- Inspección manual.
- Validación del código.
- Pruebas de navegación mediante teclado.
- Pruebas con lectores de pantalla.
- Evaluación del contraste.
- Revisión de formularios.
- Revisión de documentos.
- Revisión de contenidos audiovisuales.
- Pruebas en diferentes dispositivos y navegadores.
- Juicio experto.
- Pruebas con usuarios cuando resulte posible.
Las herramientas automáticas deberán utilizarse como apoyo y no como único mecanismo para determinar la accesibilidad del Portal.
16. BARRERAS O LIMITACIONES DE ACCESIBILIDAD
A pesar de los esfuerzos institucionales, es posible que determinados contenidos o componentes presenten temporalmente barreras de accesibilidad.
Estas pueden encontrarse, entre otros, en:
- Documentos históricos.
- Archivos digitalizados mediante escáner.
- Documentos suministrados por terceros.
- Contenidos multimedia antiguos.
- Componentes externos.
- Publicaciones heredadas de versiones anteriores del Portal.
- Sistemas externos integrados mediante marcos o componentes embebidos.
La identificación de una limitación no implica su aceptación permanente.
Cuando sea posible, la E.S.E. evaluará acciones correctivas o proporcionará alternativas de acceso a la información.
17. SOLICITUD DE INFORMACIÓN EN FORMATO ACCESIBLE
Cuando una persona encuentre un documento, información o contenido que no pueda consultar debido a una barrera de accesibilidad, podrá solicitar apoyo o una alternativa accesible mediante los canales institucionales de atención.
En la solicitud se recomienda indicar:
- El contenido al cual desea acceder.
- La dirección web o nombre del documento, cuando la conozca.
- La dificultad de accesibilidad encontrada.
- El formato alternativo requerido, cuando corresponda.
- Un medio de contacto para recibir respuesta, si resulta necesario.
La E.S.E. evaluará la solicitud de acuerdo con la naturaleza de la información y las obligaciones legales aplicables.
La existencia de una barrera tecnológica no deberá utilizarse injustificadamente para negar el acceso a información pública.
18. INFORMACIÓN RELACIONADA CON SERVICIOS DE SALUD
La accesibilidad digital adquiere especial relevancia cuando la información se relaciona con:
- Servicios asistenciales.
- Ubicación de sedes.
- Horarios.
- Canales de atención.
- Derechos y deberes de los pacientes.
- Rutas de atención.
- Información de promoción y prevención.
- Urgencias.
- PQRSD.
- Participación ciudadana.
La E.S.E. procurará que esta información pueda ser comprendida por la mayor cantidad posible de usuarios y que las eventuales barreras digitales no impidan injustificadamente acceder a los servicios institucionales.
19. ATENCIÓN DIFERENCIAL
La accesibilidad web forma parte del compromiso general de la institución con la inclusión y la atención diferencial.
La E.S.E. reconoce que las personas pueden requerir diferentes mecanismos de interacción y comunicación dependiendo de sus circunstancias.
Por esta razón, la información digital deberá procurar complementar los mecanismos presenciales, telefónicos y demás canales institucionales disponibles.
20. REPORTE DE PROBLEMAS DE ACCESIBILIDAD
La participación de los ciudadanos resulta fundamental para mejorar continuamente el Portal.
Las personas que encuentren una barrera de accesibilidad pueden comunicarla a la E.S.E. utilizando los canales institucionales de atención.
El reporte podrá indicar:
- Página afectada.
- Descripción del problema.
- Navegador o dispositivo utilizado, si se conoce.
- Tecnología de asistencia utilizada, cuando corresponda.
- Acción que no pudo realizarse.
- Información que no pudo ser consultada.
No es obligatorio proporcionar información técnica para presentar una observación sobre accesibilidad.
21. CANALES DE CONTACTO
Los ciudadanos podrán presentar observaciones, solicitudes de adaptación o reportes de barreras de accesibilidad mediante los canales oficiales de la E.S.E. Hospital Regional Occidente.
E.S.E. Hospital Regional Occidente
NIT: 807.008.843-6
Sede principal:
Calle 6ª No. 4-89, barrio Kennedy
Cáchira, Norte de Santander
Código postal 546030
Teléfono institucional:
+57 311 803 9584
Portal institucional:
www.esehospitalregionaloccidente.gov.co
También podrán utilizarse el formulario institucional de PQRSD y los demás mecanismos de contacto vigentes publicados en el Portal.
22. RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL
La accesibilidad digital constituye un proceso institucional continuo.
No corresponde exclusivamente al equipo técnico encargado del desarrollo del sitio web.
Las dependencias, funcionarios, contratistas y demás personas que elaboren, revisen, administren o publiquen contenidos deberán procurar que la información que incorporen al Portal respete los lineamientos de accesibilidad aplicables.
Esto comprende especialmente:
- Comunicaciones.
- Sistemas.
- Gestión documental.
- Atención al ciudadano.
- Transparencia.
- Planeación.
- Talento humano.
- Contratación.
- Dependencias asistenciales.
- Demás áreas generadoras de información pública.
23. MEJORA CONTINUA
La E.S.E. Hospital Regional Occidente desarrollará acciones progresivas orientadas a:
- Detectar barreras de accesibilidad.
- Corregir problemas identificados.
- Mejorar componentes existentes.
- Capacitar a quienes producen contenidos.
- Evaluar nuevos desarrollos antes de su publicación.
- Incorporar accesibilidad desde las etapas de diseño.
- Revisar periódicamente documentos y contenidos.
- Mantener los criterios de accesibilidad frente a futuras actualizaciones del Portal.
Toda nueva funcionalidad o modificación sustancial deberá procurar incorporar la accesibilidad desde su diseño y no únicamente como una corrección posterior.
24. ACTUALIZACIÓN DE ESTA DECLARACIÓN
Esta Declaración podrá modificarse como consecuencia de:
- Nuevas evaluaciones de accesibilidad.
- Modificaciones del Portal.
- Cambios normativos.
- Incorporación de nuevas tecnologías.
- Hallazgos de auditoría.
- Observaciones realizadas por ciudadanos.
- Nuevos servicios digitales.
- Mejoras realizadas por la E.S.E.
La fecha de la versión vigente se mantendrá publicada en esta página.
25. CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD
Cuando la E.S.E. realice una evaluación integral que permita comprobar el nivel de conformidad del Portal con las WCAG 2.1 nivel AA y el Anexo 1 de la Resolución 1519 de 2020, podrá publicar conjuntamente con esta Declaración:
- Certificado o declaración institucional de conformidad.
- Fecha de evaluación.
- Alcance de las páginas evaluadas.
- Metodología utilizada.
- Criterios cumplidos.
- Criterios no aplicables.
- Barreras pendientes, cuando existan.
- Herramientas utilizadas.
- Responsable de la evaluación.
- Evidencias del proceso.
La declaración de conformidad deberá representar fielmente el estado técnico del Portal al momento de la evaluación.
26. VIGENCIA
La presente Declaración de Accesibilidad entra en vigencia a partir de su publicación en el Portal institucional.
Última actualización: 29 de agosto de 2026.
E.S.E. HOSPITAL REGIONAL OCCIDENTE
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